Funciones de los Procuradores

Los Procuradores representamos procesalmente al ciudadano, desempeñando funciones clave en procedimientos judiciales.

De forma más precisa, podemos decir que parte de las funciones de los Procuradores serían:

  • Los Procuradores somos colaboradores de los Órganos Jurisdiccionales para la buena marcha de los procedimientos que tramitamos en representación de nuestros clientes.
  • Los Procuradores estamos obligados a guardar secreto profesional en toda la gestión de asuntos, así como en toda la información de los clientes, de la que tengamos conocimiento.
  • Los Procuradores acudimos diariamente a los órganos jurisdiccionales para instruirnos de la marcha de los asuntos que tenemos encomendados por nuestros clientes.
  • Como representantes de los clientes, estamos autorizados para firmar en su nombre las notificaciones, citaciones o emplazamientos siempre que atendiendo al tipo de procedimiento, la Ley no indique expresamente que debe realizarlo el propio interesado, como sucede, por ejemplo en las ratificaciones de demandas de divorcio, que es un acto personal.
  • Los Procuradores en caso de ser un acto personal, acompañamos a nuestros clientes a los Juzgados.
  • Los Procuradores ofrecemos al cliente la información precisa del trámite procesal de su procedimiento, así como los posibles pasos a seguir.